Ofrecemos asesoría legal especializada en casos de violencia de género, protegiendo sus derechos durante todo el proceso penal y garantizando una defensa sólida, estratégica y eficaz, sin complicaciones.
Confíe en la experiencia de Ignacio Moreno Sánchez, abogado penalista en Cartagena especializado en violencia de género, para afrontar su caso con determinación, profesionalismo y un compromiso absoluto con su defensa.
Abogados violencia de género Cartagena
Ignacio Moreno Sánchez, Abogados viogen Cartagena
Abogado de delitos de violencia de género en Cartagena
¿Está buscando un abogado en Cartagena especializado en violencia de género? Soy Ignacio Moreno Sánchez, abogado penalista con años de experiencia en derecho penal, y me comprometo a defender sus derechos con la máxima eficacia y sensibilidad que estos casos requieren.
Me especializo en casos de violencia de género y otros delitos contra las personas, ofreciendo una defensa estratégica y personalizada adaptada a las circunstancias de cada situación. Mi enfoque es directo, práctico y siempre orientado a lograr los mejores resultados para mis clientes.
Mi objetivo es brindarle un servicio legal que no solo cumpla, sino que supere sus expectativas. Mi trayectoria y resultados respaldan mi experiencia y compromiso como abogado penalista en Cartagena.
Sé que enfrentarse a una acusación o situación de violencia de género puede ser complicado y emocionalmente difícil. Por eso, ofrezco consultas personalizadas para analizar su caso a fondo y definir la mejor estrategia legal para proteger sus derechos y su integridad..
Ignacio moreno sánchez ABOGADOS EXPERTOS EN VIOGEN
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Defensa penal especializada en delitos de violencia género en Cartagena
Somos expertos en derecho penal y ofrecemos una defensa firme y efectiva en casos de violencia de género y otros delitos contra las personas. Entendemos que cada acusación de violencia de género es única y requiere una estrategia legal personalizada y adaptada a las circunstancias específicas. Nuestro compromiso es proteger sus derechos y luchar por el mejor resultado posible en su defensa.
¿Qué es el delito de violencia de Género?
El delito de violencia de género en España está regulado principalmente en el artículo 153 y el artículo 173.2 del Código Penal, y se refiere a los actos de violencia física o psicológica ejercidos por un hombre sobre una mujer que sea o haya sido su pareja, incluso sin convivencia.
Este delito se enmarca dentro de un contexto de dominación, control o abuso de poder que el agresor ejerce sobre la mujer, motivado por su condición de género.
Importante: no se limita solo a agresiones físicas; también incluye insultos, amenazas, humillaciones, control económico, aislamiento social, coacciones y cualquier conducta que afecte la libertad y dignidad de la mujer.
Para que un acto sea considerado violencia de género no es necesario que haya una relación actual; basta con que haya existido una relación afectiva o sentimental, aunque ya haya terminado.
¿Qué conductas se consideran violencia de género?
Algunos ejemplos de actos que pueden constituir este delito:
Golpear o empujar a la pareja o expareja.
Insultar o humillar de forma reiterada.
Amenazar con hacerle daño o matar a la mujer.
Controlar su móvil, redes sociales o comunicaciones.
Impedir que trabaje, estudie o se relacione con otras personas.
Destruir o dañar sus pertenencias para intimidarla.
¿Qué penas existen por el delito de violencia de género?
Las penas por violencia de género varían en función de la gravedad del acto, si existen lesiones y otras circunstancias agravantes.
1. Malos tratos físicos o psíquicos sin lesión grave (artículo 153 Código Penal)
Cuando no se produce una lesión que requiera tratamiento médico o quirúrgico, pero existe maltrato físico o psicológico:
Prisión de 6 meses a 1 año o
Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días.
Además, puede imponerse privación del derecho a tenencia de armas de 1 a 3 años.
Prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima de 6 meses a 3 años.
2. Malos tratos habituales (artículo 173.2 Código Penal)
Si los malos tratos son reiterados en el tiempo, aunque no haya lesiones físicas graves:
Prisión de 6 meses a 3 años.
Privación del derecho a tenencia de armas de 2 a 5 años.
Inhabilitación especial para ejercer la patria potestad, tutela o guarda durante el tiempo de la condena.
3. Lesiones (artículos 147 a 148 Código Penal)
Si los malos tratos causan lesiones físicas o psicológicas que requieren tratamiento médico o quirúrgico:
Prisión de 2 a 5 años si media agravante de violencia de género.
Si la lesión es menor: prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 12 meses.
Si además se usan armas o instrumentos peligrosos, la pena puede aumentar.
Medidas cautelares habituales en casos de violencia de género
Además de las penas, durante la instrucción del procedimiento el juez puede acordar medidas como:
Orden de alejamiento de la víctima.
Prohibición de comunicación (llamadas, mensajes, redes sociales).
Suspensión del régimen de visitas si hay hijos menores.
Estas medidas se adoptan incluso antes de que exista una sentencia con
¿Cómo podemos ayudarte si te acusan de violencia de género?
Enfrentarse a una acusación de violencia de género puede tener consecuencias muy graves: penas de prisión, antecedentes penales, pérdida de la patria potestad, inhabilitación profesional, entre otras.
Contar con un abogado penalista especializado en violencia de género, como Ignacio Moreno Sánchez, en Cartagena, es clave para:
Analizar la acusación: revisaremos las pruebas, denuncias, partes médicos, testimonios y cualquier elemento del procedimiento.
Plantear una defensa estratégica: buscaremos errores procesales, contradicciones en la denuncia o pruebas favorables.
Asistirle en el juicio rápido o procedimiento ordinario: le representaremos en todas las fases, desde la declaración inicial hasta la vista oral.
Solicitar la revocación de medidas cautelares si proceden.
Recurrir resoluciones o sentencias desfavorables.
Cada caso es único y requiere una estrategia personalizada, teniendo en cuenta sus circunstancias y las de la acusación.