Ofrecemos asesoría legal especializada en casos de robos, protegiendo sus derechos durante todo el proceso penal y garantizando una defensa sólida, estratégica y eficaz, sin complicaciones.
Confíe en la experiencia de Ignacio Moreno Sánchez, abogado penalista en Cartagena especializado en robos, para afrontar su caso con determinación, profesionalismo y un compromiso absoluto con su defensa.
Abogados amenazas Cartagena
Ignacio Moreno Sánchez, Abogados amenazas Cartagena
Abogado amenazas en Cartagena
¿Está buscando un abogado en Cartagena especializado en robos? Soy Ignacio Moreno Sánchez, abogado penalista con años de experiencia en derecho penal, y me comprometo a defender sus derechos con la máxima eficacia.
Me especializo en casos de robos y otros delitos contra el patrimonio, ofreciendo una defensa estratégica y personalizada en cada situación. Mi enfoque es directo, práctico y siempre orientado a lograr los mejores resultados para mis clientes.
Mi objetivo es brindarle un servicio legal que no solo cumpla, sino que supere sus expectativas. Mi trayectoria y resultados respaldan mi experiencia y compromiso como abogado penalista en Cartagena.
Sé que enfrentarse a cargos por robo puede ser una situación complicada y estresante. Por eso, ofrezco consultas personalizadas para analizar su caso a fondo y definir la mejor estrategia legal para proteger sus derechos y su libertad.
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Defensa penal especializada en delitos de amenaza en Cartagena
Somos expertos en derecho penal y ofrecemos una defensa firme y efectiva en casos de amenazas y otros delitos contra las personas. Entendemos que cada acusación de amenazas es única y requiere una estrategia legal personalizada y adaptada a las circunstancias específicas. Nuestro compromiso es proteger sus derechos y luchar por el mejor resultado posible en su defensa.
¿Qué es el delito de amenazas?
El delito de amenazas está regulado en los artículos 169 a 171 del Código Penal español. Se produce cuando una persona intimida a otra, haciéndole temer por su integridad física, la de su familia o la de sus bienes, ya sea de manera verbal, escrita o por cualquier otro medio.
En términos sencillos, amenazar consiste en anunciar a alguien que se le causará un mal (ya sea un daño físico, económico o moral) con la intención de infundirle miedo o condicionar su comportamiento.
La clave de este delito no es solo el anuncio de un daño, sino que la víctima sienta un temor real, fundado y grave. No es necesario que el daño llegue a producirse; basta con la amenaza en sí y el efecto que causa.
Ejemplos comunes de amenazas
Decirle a alguien: “Si no me pagas, te haré daño.”
Mandar un mensaje diciendo: “Te vas a arrepentir, sé dónde vives.”
Amenazar con quemar una propiedad si no se cumplen ciertas exigencias.
Tipos de amenazas y sus penas
El Código Penal distingue varios tipos de amenazas en función de la gravedad, el medio empleado o si se exige una condición:
1. Amenazas condicionales (artículo 169.1)
Cuando la amenaza va acompañada de una exigencia o condición (por ejemplo, pedir dinero a cambio de no causar el daño).
Pena:
Prisión de 1 a 5 años si la amenaza es de causar un delito grave.
Prisión de 6 meses a 3 años si es para causar un delito menos grave.
Además, si la amenaza se realiza con armas, instrumentos peligrosos o en grupo, la pena puede aumentarse.
2. Amenazas no condicionales (artículo 171.1)
Cuando no se exige nada a cambio, pero se anuncia un daño grave.
Pena:
Prisión de 6 meses a 2 años si la amenaza es grave.
Multa de 3 a 6 meses si la amenaza es leve, dependiendo del contexto.
3. Amenazas leves (artículo 171.4 y 171.7)
Amenazas que no revisten gravedad suficiente para ser castigadas como delito grave, pero son dirigidas:
A la pareja o expareja,
A personas vulnerables
A ascendientes, descendientes o familiares cercanos.
Pena:
Trabajos en beneficio de la comunidad de 20 a 40 días.
Privación del derecho a tenencia y porte de armas de 1 a 3 años.
Prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima de 6 meses a 1 año.
Si no existe relación cercana, la amenaza leve podría castigarse con multa de 1 a 3 meses.
Agravantes y factores que influyen
Las penas pueden agravarse si:
La amenaza se hace en público.
Se difunde mediante redes sociales o internet.
La víctima pertenece a un colectivo vulnerable (menores, personas mayores, personas con discapacidad).
¿Cómo puedo ayudarte siendo tu abogado para amenazas en Cartagena?
Enfrentarse a una acusación por amenazas puede tener graves consecuencias legales, incluyendo antecedentes penales y penas privativas de libertad o derechos. También es común que las amenazas formen parte de conflictos familiares, de pareja, laborales o vecinales, lo que puede complicar la situación.
Contar con un abogado penalista especializado como Ignacio Moreno Sánchez, abogado de amenazas en Cartagena, es esencial para:
Analizar la acusación y la prueba presentada.
Plantear una defensa estratégica, buscando atenuantes o absolución.
Negociar acuerdos para reducir las penas o evitar la cárcel.
Asegurar la protección de sus derechos en todo momento.
Contacte ahora con Ignacio Moreno Sánchez, abogado penalista en Cartagena, especializado en la defensa de delitos de amenazas. Ofrezco asesoramiento personalizado y una defensa eficaz para proteger sus derechos desde el primer momento.